El Parlamento balear ha aprobado este lunes la proposición de ley impulsada por PSOE, MÉS y Podemos que regula las corridas de toros en las islas y que prohíbe la muerte del animal en la plaza, así como la entrada de menores de 18 años en los festejos taurinos. De esta manera, el objetivo de los cuatro intensos años de nuestra campaña de Mallorca Sin Sangre se consigue, ya que esta norma prohibirá de facto toda representación taurina en las Islas Baleares.
El texto prohíbe a partir de su entrada en vigor la muerte del animal en la plaza, así como el daño físico y psíquico, que serán sancionables con multas de hasta 100.000 euros. Se establecen el capote y la muleta como únicos utensilios a utilizar por los profesionales taurinos, vetándose expresamente el uso de "banderillas, rejones, puyas, estoques o espadas", entre otros. A partir de ahora, en cada corrida podrán participar un total de tres astados y su intervención será de un máximo de diez minutos. "Una vez transcurrido ese tiempo serán conducidos y retornados a los corrales", según establece el texto.
Con la nueva normativa, las corridas sólo se podrán celebrar en las plazas de toros permanentes y con ganado que cuente con un mínimo de cuatro años. Los astados tendrán que ser reconocidos previamente por el servicio veterinario y por el presidente de la plaza, que se encargarán de constatar "el bienestar físico y psíquico del animal". Tanto los astados como los toreros serán sometidos a controles antidopaje antes de participar en la corrida, mientras que los primeros tendrán que pasar un nuevo examen al finalizar el espectáculo para comprobar su estado sanitario. "Los toros serán devueltos a la empresa ganadera que los haya proporcionado después de la inspección veterinaria", reza el texto.
Baleares también eleva la edad de acceso a las plazas de los 16 años actuales a los 18 y prohíbe la venta y el consumo de alcohol en el recinto, en el que la cartelería tendrá que advertir de que el festejo puede herir la sensibilidad del espectador. Tampoco estará permitido el toreo con caballos, el rejoneo, que queda excluido de los espectáculos taurinos en las islas. Otro de los puntos novedosos de la normativa es que no estarán permitidos los circos con animales salvajes ni los nuevos festejos populares que los incluyan.
Recurso ante el Constitucional
Los partidos que han impulsado la norma -Més, PSOE y Podemos- califican la nueva regulación de "punta de lanza" que abrirá camino a otros parlamentos autonómicos para aprobar leyes similares. La portavoz de la formación morada, Laura Camargo, dice que dentro de las competencias autonómicas y teniendo en cuenta que el Tribunal Constitucional anuló la prohibición de las corridas de toros en Cataluña, los partidos del pacto de gobierno han pulido el texto para "cumplir perfectamente con los límites competenciales del marco autonómico".
Sin embargo, el grupo parlamentario del PP ha avanzado que el Gobierno central recurrirá previsiblemente en amparo al Constitucional la ley balear nada más entre en vigor. Recuerda el diputado Miquel Jerez que ya se advirtió al Ejecutivo de Armengol que 9 de los 14 artículos de la proposición de ley podían ser inconstitucionales. "Desafiar esto con una ley es desafiar la libertad de los españoles", ha manifestado el parlamentario, que considera que la ley no es respetuosa "con aquellos que sienten esta disciplina artística como propia". A la vez, la Abogacía del Estado "estudiará" la ley de toros y, "si estima que es anticonstitucional y vulnera competencias estatales, presentará un recurso ante el TC", han señalado a Efe fuentes del ministerio de Cultura.
La ley sobre las nuevas corridas de toros no afectará en la práctica a Ibiza, Menorca y Formentera ya que no cuentan con ninguna plaza permanente. En Mallorca son varias las localidades que celebran festejos taurinos, en plazas como las de Palma, Inca, Alcúdia y Muro, entre otras.
¿Es inconstitucional?
Según Luis Hurtado, profesor titular de Derecho del Trabajo en la Universidad de Sevilla y reconocido experto en derecho taurino, “el verdadero debate que subyace en la sentencia es si cada Comunidad podría regular la estructura y secuencia de la corrida, y hacerlo de un modo agresivo, esto es, alterando o suprimiendo sus elementos y convirtiéndola en otra cosa. El Tribunal Constitucional no despeja la cuestión, pero de sus razonamientos se infiere una respuesta negativa”.
A su juicio, la sentencia del Tribunal Constitucional encerraba un par de afirmaciones preocupantes para el futuro de la fiesta. Primero, que las Comunidades Autónomas podían regular “el desarrollo de las representaciones taurinas”; y así lo han hecho cinco de ellas con la promulgación de sus respectivos reglamentos taurinos propios. Lo nuevo, asegura Hurtado, es que esa afirmación “incluyera la posibilidad de dictar reglas autonómicas sobre la estructura, elementos y secuencia del espectáculo”. Y la segunda “afirmación perniciosa es que las Comunidades Autónomas también podrían, en virtud de su título en materia de protección de los animales, decretar medidas para el especial cuidado y atención del toro bravo”.
La nueva ley balear no incurriría en inconstitucionalidad si se tiene en cuenta lo establecido ya por el Tribunal Constitucional al respecto.
Sobre todo porque el Parlament balear no ha prohibido los espectáculos taurinos en las islas, sino que los ha regulado, por cuanto tiene "plenas competencias" para regular los espectáculos con animales, incluidas las corridas de toros, como se deduce de lo establecido por el Constitucional en relación con el recurso del PP contra la ley catalana de corridas de toros.
Por tanto, se puede prohibir el uso de banderillas, puyas y estoques, y establecer cuantos requisitos considere convenientes "para el especial cuidado y atención del toro bravo". No caben mayores cuidados y atenciones hacia este animal que evitarle los terribles sufrimientos y muerte inherentes a una corrida de toros.
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