Los animales no son cosas

Entrevista a Fabiola Leyton, Editora de Contenidos de AnimaNaturalis Internacional, y la catedrática en Derecho Teresa Giménez-Candela.

07 abril 2010
España.

La posible prohibición de las corridas de toros en Cataluña plantea una pregunta. Si los toros de lidia no pueden sufrir, ¿hay derecho a infligir dolor a los animales que se comen, se convierten en ropa o se sacrifican en experimentos científicos? Los expertos son optimistas: la ley reconoce cada vez más claramente que un animal es mucho más que un objeto.

La iniciativa legislativa popular (ILP) que propone la abolición de las corridas de toros en Cataluña podría ser un punto de inflexión en la protección de los animales. O podría quedarse en una anécdota. El 'blindaje' de los correbous, que una parte del Parlamento está promoviendo en paralelo a la ILP, levanta sospechas. Sin embargo, los expertos son optimistas.

"Es una iniciativa excelente que pone en discusión la ética de nuestra sociedad", comenta Fabiola Leyton, filósofa e investigadora en derechos de los animales en el Observatorio de Bioética y Derecho de la Universidad de Barcelona (UB). “En el futuro, las cosas no serán iguales", añade Teresa Giménez-Candela,  catedrática de la Universidad Autónoma de Barcelona (UAB), que desde hace tres años imparte el único curso universitario de derecho animal en España. "Se está desarrollando una jurisprudencia que tiende a una protección más rigurosa de los animales", explica.

La clave de las legislaciones más innovadoras es que los animales ya no se consideran como "objetos en propiedad".
Esta es la definición que se ha heredado desde el derecho romano. Austria, Alemania y Suiza son los únicos países que han roto con esta tradición y han incluido en su constitución el reconocimiento de los animales como seres sensibles. "En el año 2006, Cataluña se ha añadido a este grupo al introducir en el libro quinto del código civil catalán la definición de los animales como 'no-cosas", explica Giménez-Candela.

Nuevo racismo

 

"Los humanos se han atribuido el papel de establecer la finalidad de cada animal: el juego, la compañía, la comida, la exhibición en zoológicos, la protección en parques, etc.", afirma Fabiola Leyton. "Más allá de la corrida, hay miles de entretenimientos que implican sufrimiento de los animales, no sólo los correbous". La investigadora en filosofía compara esta actitud con el racismo. "Todas las civilizaciones han prosperado a expensas de los animales por razones económicas, pero las cosas están cambiando", observa.

Los animales con cerebro y sistema nervioso podrían tener la misma sensibilidad al dolor que los humanos El Eurobarómetro
del año 2005 marcaba el bienestar animal entre las tres primeras prioridades de los ciudadanos de la Unión. Pero esta sensibilidad ya lleva un largo recorrido. En 1802, en el Reino Unido se aprobaba la primera ley de protección de los animales. "En general, los países de derecho jurisprudencial la implantación de esta perspectiva ha sido más fácil que los de derecho codificado", apunta Giménez-Candela.

En España no existe una ley general de protección de los animales. Además, toda la legislación sobre este tema excluye explícitamente los casos donde los animales se utilizan para espectáculos. "La ILP quiere eliminar esta excepción y extender a los toros la protección reservada a los otros animales", explica Leyton.

Por su parte, la Unión Europea recoge en su ‘constitución’ (el Tratado de Lisboa) la definición de animales como seres sensibles. Este marco ha influido en una gran variedad de normativas, explica Giménez-Candela: "Desde los cursos para transportistas de animales hasta las normas de aturdimiento en los mataderos, pasando por el compromiso de eliminar de Europa la cría de pollos en batería en el año 2014". En Estados Unidos se ha incluso aprobado el Pet Trust Act, una norma que regula los legados que puedan recibir los animales de compañía.

Preguntas abiertas

Giménez-Candela y Leyton están de acuerdo en que el camino de la protección de los animales está claro. Pero quedan preguntas abiertas. Por ejemplo, ¿un insecto debe tener los mismos derechos que un primate? El Proyecto Gran Simio se concentró en extender parte de los derechos humanos a los primates. Sin embargo, ¿no merecerían el mismo reconocimiento un perro, un cerdo, un delfín o un caballo?

"La situación es parecida a la progresiva ampliación de derechos de los individuos libres a los esclavos, los hombres a las mujeres, los adultos a los niños", observa Leyton. Estas ampliaciones se fundamentaron en el reconocimiento de un sustrato común a todos estos individuos, su condición de personas humanas, que justificaba derechos compartidos.

"En el caso de los animales, este sustrato no puede ser la inteligencia de la especie", observa Leyton, "ya que el tratamiento moral debería ser independiente de la inteligencia". La investigadora apunta a otra característica común: la sensibilidad al dolor. "Hay un cierto acuerdo en que los animales que tienen un cerebro y un sistema nervioso comparten la sensibilidad al dolor", detalla. Este conjunto abarca desde los mamíferos a algunos invertebrados, pasando por los peces y las aves.

Otra cuestión abierta es si el sufrimiento animal, ilegítimo si se genera por entretenimiento, se vuelve legítimo si tiene como objetivo la alimentación o la experimentación científica. "En primer lugar, habría que eliminar la gran cantidad de usos innecesarios de los animales", contesta Leyton. La filósofa incluye entre estos la alimentación. En el ámbito de la experimentación, distingue los usos militares y cosméticos de los dirigidos a la salud.

"Sin embargo, también en el ámbito de las ciencias de la vida se está desarrollando una batería de sistemas alternativos a la experimentación animal", observa Giménez-Candela. "El paradigma es el de las 'tres R'", concluye Leyton, "reducir el uso, refinar los sistemas, reemplazar los animales por otros métodos".

Autor: Michele Catanzaro para Global Talent News. Enlace a artículo original.

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