El Pleno de la Convención Constitucional (CC) aprobó este viernes 25 de marzo, con 106 votos a favor, 31 en contra y 19 abstenciones, el artículo 23 con la indicación 27 del informe de la Comisión de Medio Ambiente que reconoce a los animales como seres sintientes. De esta manera, el articulado pasa directamente al borrador oficial de la nueva Constitución de Chile.
El artículo establece que “los animales son sujetos de especial protección. El Estado los protegerá, reconociendo su sintiencia y el derecho a vivir una vida libre de maltrato". Además, señala que "el Estado y sus organismos promoverán una educación basada en la empatía y en el respeto hacia los animales".
Al anterior, lo acompaña el artículo 23B, cuyo contenido explicita: “El estado protege la biodiversidad, debiendo preservar, conservar y restaurar el hábitat de las especies nativas silvestres, en tal cantidad y distribución que sostenga adecuadamente la viabilidad de sus poblaciones y asegure las condiciones de supervivencia y no extinción”.
Adicionalmente, en esta misma votación se deliberaron dos indicaciones referidas a los animales: la primera fue la 28, que apuntaba a la creación de un órgano estatal de protección animal, la cual fue rechazada con 97 votos a favor, 47 en contra y 9 abstenciones.
La segunda fue la indicación 29, que establece: “El Estado y sus organismos promoverán una educación basada en la empatía y en el respeto hacia los animales”. Esta fue aprobada por 106 votos a favor, 18 en contra y 29 abstenciones, y pasa a ser un nuevo inciso del artículo 23.
El texto quedaría de esta manera:
Artículo 23. De los animales.Los animales son sujetos de especial protección. El Estado los protegerá, reconociendo su sintiencia y el derecho a vivir una vida libre de maltrato.
El Estado y sus organismos promoverán una educación basada en la empatía y en el respeto hacia los animales.
Artículo 23B. El Estado protege la biodiversidad, debiendo preservar, conservar y restaurar el hábitat de las especies nativas silvestres, en tal cantidad y distribución que sostenga adecuadamente la viabilidad desus poblaciones y asegure las condiciones para su supervivencia y no extinción.
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