El pasado 4 de Abril el Congreso del Estado de Nuevo León, México aprobó la reforma a la Ley de Patrimonio Cultural del Estado considerando a las corridas de toros y peleas de gallos como patrimonio cultural inmaterial del Estado, sin embargo los diputados no tuvieron la opinión o dictamen técnico de las dependencias de cultura del Gobierno del Estado ni tomaron en cuenta los criterios de la UNESCO.
En AnimaNaturalis México le hicimos llegar un escrito a Samuel García Sepúlveda, Gobernador del Estado de Nuevo León solicitándole vete la aprobación del Congreso del Estado por las siguientes razones:
1) Para la Secretaría de Cultura del Gobierno Federal las corridas de toros están en contra de las manifestaciones culturales, ya que vulneran la integridad y bienestar de las personas, afectan el medio ambiente y al desarrollo sostenible, conllevan actos de crueldad animal y contravienen las leyes mexicanas en materia de protección animal.
2) Las Secretarías de Cultura o Institutos de Cultura de los Estados de Campeche, Ciudad de México, Chiapas, Chihuahua, Coahuila, Durango, Estado de México, Guerrero, Jalisco, Morelos, Oaxaca, Quintana Roo, Sinaloa, Sonora, Tabasco y Tamaulipas categóricamente no consideran como actividad cultural o expresión artística a las corridas de toros y por ende a las peleas de gallos por considerarlos actos de maltrato animal. En Michoacán, San Luis Potosí y Veracruz las dependencias de cultura informaron que no existen documentos para emitir declaratorias como patrimonio cultural a las corridas de toros.
3) Los Estados de Aguascalientes, Guanajuato, Hidalgo, Nayarit, Querétaro, Tlaxcala y Zacatecas en los que se han emitido Declaratorias como Patrimonio Cultural Inmaterial las corridas de toros, las dependencias de cultura en dichos Estados han informado que ninguna de dichas Declaratorias cuentan con el reconocimiento oficial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, Ciencia y la Cultura (UNESCO). Que por cierto el caso de Nayarit fue impugnado y llevado ante la Suprema Corte, la cual el proyecto de sentencia niega el reconocimiento de dicha declaratoria.
4) La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió en sentencia en el 2018 ante el amparo interpuesto por los promotores de peleas de gallos en el Estado de Veracruz ante la prohibición de dicho espectáculo, que ninguna práctica que suponga maltrato y sufrimiento innecesario de los animales puede considerarse una expresión cultural amparada por la Constitución.
5) Respecto al Estado de Nuevo León la propia Secretaría de Cultura del Estado, informó que no ha emitido opinión alguna al Congreso del Estado respecto a las consideraciones de referencia, relativas a la Ley de Patrimonio Cultural del Estado. Que su postura es atender las directrices y recomendaciones de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, respecto al patrimonio cultural, así como las demás leyes de la materia. Misma situación con el Consejo para la Cultura y las Artes del Estado, ya que informó igualmente que no se le turnó ninguna solicitud para su revisión, opinión o dictamen acerca de modificar la Ley de Patrimonio Cultural de Nuevo León, en el sentido de considerar como actividad cultural al espectáculo de las corridas de toros y peleas de gallos.
6) En el ámbito internacional, la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, Ciencia y la Cultura (UNESCO) a través del Bureau del Comité Intergubernamental del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad ha descartado en diversas ocasiones las solicitudes para considerar a la tauromaquia como patrimonio cultural inmaterial de la humanidad. En Francia, la Corte de Apelación, tras cuatro años de juicio resolvió derogar la Declaratoria de Patrimonio Cultural Inmaterial que había realizado el Ministerio de Cultura en el 2011 a petición del Observatorio Nacional de las Culturas Taurinas. Hoy en día, no hay ningún país en el mundo en donde las corridas de toros y espectáculos asociados hayan sido inscritos como Patrimonio Cultural Inmaterial. En España aunque existe la Ley 18/2013 que la declara como patrimonio cultural, el gobierno español nunca presentado la solicitud ante la UNESCO para tal reconocimiento.
De lo anterior, se puede concluir que los legisladores del Congreso del Estado de Nuevo León decidieron fast track considerar a las corridas de toros, peleas de gallos y charrería como patrimonio cultural inmaterial del Estado reformando la Ley de la materia, sin haber tomado en cuenta la opinión de las propias dependencias de cultura de su Estado, ni conocer las posturas del resto del país o en el plano internacional, meramente actuaron bajo sus creencias personales o impulsados por intereses económicos de terceros beneficiados con estos espectáculos que en ninguna parte del mundo logran convencer de que es cultura el torturar y matar a un ser vivo.
En AnimaNaturalis le solicitamos al gobernador Samuel Garcia, ya que ha mostrado interés en el tema de la infancia y preocupación ante la violencia que vive el Estado que reconozca e implemente la recomendación que realizó el Comité de los Derechos del Niño, órgano perteneciente al Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), a los países y entidades donde se celebran corridas de toros a proteger a las niñas y niños de la violencia de la tauromaquia, por lo que le pedimos no se vuelva cómplice junto a los legisladores de su Estado en seguir legalizando y ahora en arraigar la violencia, consideramos que tiene suficientes argumentos para vetar dicha reforma y poner al Estado de Nuevo León en el camino correcto.
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