¿Qué pensarían si, al no poder cumplir con una deuda o en un proceso de disolución conyugal, sus compañeros animales fueran embargados?
La sentencia, resultado de una demanda de inconstitucionalidad, refuerza la protección especial hacia los animales y reconoce su importancia en las familias inter-especie. El tribunal concluyó además, que permitir el embargo de estos seres violaría el derecho al libre desarrollo de la personalidad y la dignidad humana, derechos que son fundamentales en la relación afectiva con los animales de compañía. Esta medida, reafirma la sintiencia que ya había sido reconocida en la Ley 1774 de 2016 y consolida el compromiso del país con el bien para otras especies.
La Corte también respondió a una solicitud de la Procuraduría General de la Nación, que desde febrero de 2024 había pedido la inclusión de los animales de compañía en la lista de bienes inembargables. Con este fallo, se busca garantizar que las personas no sean separadas de sus animales en situaciones de crisis económica, protegiendo así los vínculos emocionales y el bienestar psicológico de quienes comparten sus vidas juntos.
Aunque en los pronunciamientos de la Corte aún se mencione a los animales como "bienes", sin lugar a dudas la decisión es considerada un avance significativo en el reconocimiento de los derechos de los animales de compañía. Esta medida coloca a Colombia en sintonía con la tendencia global de reforzar la protección animal en los marcos legislativos.
El fallo llama la atención sobre una “omisión legislativa relativa” por parte del Congreso, que no había reconocido a los animales de compañía como seres inembargables. Con esta nueva resolución, se asegura que las familias puedan mantener a sus compañeros animales sin el riesgo de perderlos en caso de problemas legales.
Las reacciones no se hicieron esperar. Defensores de los derechos de los animales como Andrea Padilla en la red social X, celebraron la noticia: “¿O sea que hasta ayer, si usted debía plata, sus gatos o perros podían ser embargados? Pedagogía sobre el fallo de la Corte (que no tiene que ver con la custodia de los animales)...”
Por su parte, la senadora Esmeralda Hernandez comentó: “Celebro que la Corte Constitucional haya declarado a los animales como inembargables en litigios judiciales; sin embargo los sigue considerando como “bienes” u “objetos”. Es un gran paso pero debemos seguir trabajando para que dejen de ser “bienes inembargables” sino que se reconozcan las familias interespecie y a ellos como sujetos de derechos. LOS ANIMALES SON SERES, NO COSAS.”
El abogado y especialista en derecho público, Esteban Manco, explicó en una entrevista: “Antes de esta sentencia, los jueces podían ordenar el embargo de perros o gatos, incluso aquellos valorados en millones de pesos. Esta nueva protección garantiza que los animales de compañía ya no podrán ser considerados parte de los bienes embargables en un proceso judicial.”
Con esta medida, se da un paso más en la construcción de un país que reconoce a los animales como seres sintientes, merecedores de protección y respeto. Esta decisión de la Corte Constitucional es una victoria para todas las personas que ven a los animales como parte de su familia, y asegura que sus derechos, y los de sus cuidadores, sean salvaguardados.
El país ha dado un paso más por estos animales y seguirá avanzando para bien de todas las especies a través de experiencias educativas y otros recursos legales en dónde AnimaNaturalis pondrá a disposición todo su apoyo.
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