Tras la confirmación la semana pasada por parte de los Magistrados del Tribunal Colegiado de Circuito en el Estado de Jalisco a la resolución de la suspensión provisional, ahora el Juez resolvió conceder la suspensión definitiva al amparo interpuesto por el equipo de AnimaNaturalis y Cas Internacional.
A partir de este momento las autoridades del Municipio de Guadalajara no podrán otorgar permisos para que se lleven a cabo espectáculos taurinos en la Plaza Nuevo Progreso, la segunda más grande de México.
Es importante señalar que además de violar el artículo 4° de la Constitución Federal relativo al derecho a un medio ambiente sano, en la Ley de Protección y Cuidado de los Animales en el Estado de Jalisco no están exceptuadas las corridas de toros como actos de crueldad y maltrato animal como en el resto de las leyes de protección animal de otros Estados, incluso está prohibido en la Ley realizar cualquier acto que lesione o provoque sufrimiento a los animales, teniendo como como reglas para el sacrificio de animales las establecidas en la Norma Oficial Mexicana NOM033-SAGZOO-2014 y los mismos supuestos que establece la Ley Federal de Sanidad Animal en que el sacrificio de animales solo podrá realizarse en razón del sufrimiento que les cause un accidente, enfermedad, incapacidad física o vejez extrema.
Las corridas de toros y peleas de gallos en el Estado de Jalisco solo están exceptuadas como delito en el Código Penal del Estado, sin embargo esto no implica que estén autorizadas o exceptuadas en la Ley de Protección y Cuidado de los Animales en el Estado de Jalisco.
En AnimaNaturalis y Cas Internacional seguiremos trabajando para erradicar la violencia y crueldad que son los espectáculos taurinos en México.
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