En 1994 se publicó la Norma Oficial Mexicana NOM-009-ZOO-1994 Proceso Sanitario de la Carne, la cual se debe aplicar obligatoriamente en todo el país y tiene como propósitos el regular los establecimientos autorizados para el sacrificio de animales destinados para consumo humano, así como estandarizar los procesos de inspección ante y post-mortem de los animales. Todo esto con el objetivo principal de evitar enfermedades zoonóticas que pongan en riesgo la salud humana y el de obtener productos de óptima calidad higiénico-sanitaria.
La Norma establece que solamente podrán sacrificarse animales de consumo en establecimientos autorizados por la propia Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER) y que serán inspeccionados por las autoridades federales. Evidentemente las plazas de toros en México no son establecimientos autorizados con las medidas higiénico-sanitarias para el sacrificio de animales de consumo.
Igualmente ordena la Norma que no podrá sacrificarse a ningún animal destinado para el consumo humano sin la presencia de un médico veterinario oficial de la SADER, o que sea aprobado por ésta. Otra violación más por parte de los taurinos, pues en muchas corridas que se realizan en el país no cuentan con la presencia ni siquiera de médicos veterinarios en las llamadas plazas de segunda y tercera que son plazas fuera de las grandes ciudades.
¿Y sobre los animales qué regula?
La Norma claramente señala que al momento del sacrificio de los animales, el médico veterinario oficial o aprovado por parte de la SADER vigilará que a los animales se les insencibilice previamente, esto a fin de evitarles estrés, miedo y dolor; y posteriormente se proceda al sacrificio que deberá realizarse de forma humanitaria, que es de forma inmediata, rápida y sin provocarle sufrimiento. ¿En las corridas de toros, novillos y becerros se les insensibiliza para evitarles estrés y miedo y se les da una muerte rápida, sin dolor y sufrimiento?
¿Por qué esta Norma sobre el proceso sanitario de la carne es aplicable en los espectáculos taurinos?
Duarante décadas, los toros de lidia y novillos una vez que son asesinados después de haber sido utilizados como entretenimiento para unas cuantas personas, éstos tienen como destino final ser carne para el consumo humano. De esta forma los taurinos explotan al toro post-mortem para obtener ganancias.
En 2018 publicaron de forma conjunta la asociación Tauromaquia Mexicana, la asociación nacional de criadores de toros de lidia, junto con la propia Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER), el documento titulado "Caracterización y Dimensionamiento del Sector Bovinos Espectáculo" en el cual expresan claramente que una vez terminada la lidia en el espectáculo, el toro es enviado a las carnicerías y mercados para ser consumido. Esto resulta claramente un cinísmo por parte de los taurinos y las autoridades del gobierno federal que aceptan violaciones abiertamente a la Norma Oficial Mexicana NOM-009-ZOO-1994 respecto al proceso sanitario de la carne.
¿Y qué autoridades son responsables?
Nuevamente, la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER) y el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA), sin embargo hay que destacar que las autoridades de los gobiernos de los Estados y municipios también son cómplices de los taurinos, pues éstos deben vigilar también la normativa sanitaria federal.
No cabe duda alguna que la tauromaquia en México siempre ha sido ilegalidad, corrupción, tráfico de influencias y lamentablemente es impunidad, a lo que tenemos que decir todos un ¡YA BASTA!
#MéxicoSinToreo #TauromaquiaEsCorrupción
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